LO - a tu lado

Skriv ut Tips
LO es la organización sindical más grande y más influyente en Noruega. Se han afiliado a las federaciones industriales miembras de LO unos 850 000 trabajadores, de los cuales el 50 por ciento son mujeres.

En algunas federaciones, las mujeres constituyen hasta el 75 por ciento de los miembros.

 

21 BUENAS RAZONES PARA AFILIARSE A LO

La ley te concede varios derechos en tu calidad de trabajador o trabajadora. Pero si estás sindicalizado, tienes garantizados muchos derechos más, complementarios al mínimo legal y, con frecuencia, devengas un salario más alto. En el sindicato, unes tus fuerzas a las de otros sindicalistas y contribuyes a velar porque los trabajadores disfruten de muchos derechos y buenas condiciones de trabajo.

 

El convenio colectivo y el Convenio Básico te garantizan:

 

• Un salario según el convenio y complementos salariales por horas extraordinarias;

• Complementos por trabajar en horarios fuera de la jornada normal;

• Jornada según el convenio;

• La jubilación anticipada conveniada (AFP);

• El derecho a permisos para asuntos propios;

• El derecho a gozar de licencias para la formación;

• El derecho a más vacaciones y mayor paga de vacaciones;

• Apoyo durante huelgas obreras y patronales;

• Asesoría gratuita de los delegados sindicales;

• Asistencia jurídica gratuita en casos de conflicto laboral;

• Posibilidades de influir en tu propia situación de trabajo;

• Posibilidades de influir en las condiciones salariales y de trabajo;

• La revista sindical llega a tu casa, gratuitamente;

• La posibilidad de solicitar becas de estudio a LO;

• Las ventajas que otorga el sistema LOfavør (www.lofavor.no);

• Seguro de bienes muebles;

• Seguro de vida y contra la discapacidad;

• Seguro contra accidentes en el horario de trabajo;

• Cursos gratuitos de capacitación para sindicalistas;

• Rebajas en viajes, casas de campo o vacacionales;

• Y, sobre todo: ¡Estarás respaldado por LO!

 

Leyes y derechos

 

¿TENGO DERECHO A UN SALARIO ALTO?

En Noruega, no tenemos salarios mínimos. En principio, tú y tu empleador se pondrán de acuerdo sobre tu salario. Pero si eres miembro de un sindicato afiliado a LO, tienes derecho a exigir que se pacte un convenio colectivo que te garantiza un salario digno. El convenio colectivo es un pacto entre una organización sindical y un empleador sobre el salario y otras condiciones. Sin la afiliación sindical, no existen normas que regulen tus condiciones salariales.

 

El salario abarca más que el simple pago por hora trabajada. Debes cerciorarte de que te paguen las horas extraordinarias, el trabajo nocturno y el trabajo en domingo y días feriados. Si estás afiliado a LO y trabajas en una empresa con convenio colectivo, tienes derecho a estos complementos salariales.

 

CAPACITACIÓN

El empleador está obligado a ofrecerte una capacitación que te permita realizar sin problemas las tareas que te encargue, y tienes derecho a tu salario en el período de aprendizaje. La capacitación incluirá los siguientes aspectos:

• Cómo realizar el trabajo.

• Las normas aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente laboral.

• Las reglas y leyes que rigen en el centro de trabajo.

 

Cuando es obligatorio usar equipo o ropa protectora en el trabajo, el empleador está obligado a procurarlo y costearlo.

 

RECIBO SALARIAL

Es importante velar porque te den un recibo salarial donde conste cuánto has ganado, porque el recibo es la prueba de que has trabajado. Es obligación del empleador darte un recibo en el que, además, se consigne lo que has pagado por concepto de impuestos y otras retenciones en nómina.

 

La Patrulla de Verano de LO, que visita centros de trabajo en todo el país para ayudar a los jóvenes que trabajan en sus vacaciones y reclutarlos, ha detectado numerosos empleadores poco serios que han retenido en nómina los impuestos sobre el ingreso de sus trabajadores, sin transferir los fondos a las autoridades tributarias. Así que es preciso guardar los recibos salariales, para que puedas documentar que se te han retenido los impuestos. Si el centro de trabajo no te ha dado tu recibo, debes notificarlo a la Delegación de Hacienda (kemnerkontoret), inmediatamente después de vencer tu contrato, para ahorrarte problemas después.

 

RETENCIÓN EN NÓMINA

El empleador no puede deducir cuantías de tu salario o de la paga de vacaciones, a menos que tú y él lo hayan acordado de antemano. Si, por alguna razón, el empleador considera que has cometido alguna falta que le da derecho a retener tu salario, es preciso que obtenga previamente una resolución judicial que le autorice a hacerlo, o lo acuerde contigo.

 

DÍAS DE FIESTA OFICIALES

Hay que pagar las cuentas, incluso los días festivos, y no disminuyen porque la legislación te garantice estar libre. Si tu empresa tiene convenio, se te garantiza el salario todos los días "rojos" del calendario. Sin convenio, sólo tienes garantizados el 1 y el 17 de mayo.

 

HORAS EXTRAORDINARIAS

El pago de horas extraordinarias es el complemento salarial a que tienes derecho si trabajas más horas de las acordadas. La Ley de Medio Ambiente Laboral te garantiza un complemento del 40 por ciento del salario por hora normal, como mínimo. Pero si estás afiliado a LO y, además, cubierto por un convenio colectivo, el complemento por horas extraordinarias suele ser un poco más alto. Con frecuencia, oscila entre el 50 y el 100 por ciento de tu salario por hora regular.

 

SI TE ENFERMAS

Si has trabajado para un mismo empleador un mínimo de dos semanas ininterrumpidas, tienes derecho al subsidio por enfermedad a partir del primer día de baja. Durante los dos primeros meses de la relación laboral, debes tener un certificado médico de baja para acceder al subsidio.

 

Si has trabajado en la misma empresa durante más de dos meses, basta con dar un parte de baja médica sobre la base del honor y la conciencia, siempre que la baja no supere los tres días naturales ininterrumpidos.

 

Estos partes son aplicables a cuatro bajas por enfermedad no consecutivas en un período de 12 meses. El empleador cubrirá tu salario los primeros 16 días de la baja, posteriormente tienes derecho al subsidio de la Seguridad Social. Para los centros de trabajo que tienen un pacto de vida laboral inclusiva (IA), hay otras reglas que rigen los partes de baja médica que presentes bajo tu palabra de honor.

 

EL SALARIO Y LAS QUIEBRAS

Tienes derecho a tu salario, incluso aunque la empresa donde trabajas quiebre o tenga que suspender las operaciones porque su deuda sea demasiado grande. Existe un fondo estatal, el Fondo de Garantía Salarial, que asegura a los trabajadores su salario aunque la empresa quiebre. La Inspección de Trabajo te puede proporcionar más información. Si te encuentras en una empresa a punto de quebrar o ya en quiebra, ponte en contacto con la Inspección de Trabajo cuanto antes, para que tu demanda no proscriba.

 

LA JORNADA LABORAL

La jornada normal es de 40 horas por semana y no podrá superar las nueve horas diarias. Si trabajas más horas, tienes derecho al complemento por horas extraordinarias. Son pocas las empresas con jornadas superiores a las ocho horas. Si estás afiliado a LO y afecto a un convenio, tienes derecho al complemento por horas extraordinarias cuando trabajas más de 37,5 horas por semana.

 

PAUSAS

Tienes derecho a una pausa, como mínimo, si trabajas más de 5,5 horas al día. Si tu jornada es de ocho horas, tienes derecho a una pausa de mínimo 30 minutos por día. Si no puedes salir del centro durante la pausa, ésta se computará como tiempo trabajado a efectos de tu salario. Los acuerdos sobre pausas deberán pactarse por escrito.

 

TIEMPO LIBRE

Tienes derecho a un período de 11 horas como mínimo entre dos períodos de trabajo (12 horas si eres menor de 18 años). En el transcurso de una semana, tu tiempo libre ininterrumpido debe ser de mínimo 36 horas, de suerte que siempre cubra un día y una noche enteros y consecutivos. Este tiempo libre debe, en lo posible, caer en domingo y días festivos.

 

VACACIONES

A los trabajadores menores de 18 años que son, a la vez, estudiantes, la ley les garantiza un mínimo de cuatro semanas de vacaciones al año, de las cuales dos deben caer en el período de vacaciones de verano. El empleador tiene derecho a determinar las fechas de las vacaciones, pero debe consultarlo contigo, o con el delegado sindical.

 

LICENCIAMIENTO TEMPORAL POR CAUSAS AJENAS A LA EMPRESA

Puedes ser licenciado temporalmente si la empresa no tiene suficientes pedidos. La excedencia debe notificarse con 14 días de antelación a la fecha de entrada en vigor. Es obligación del empleador pagar tu salario correspondiente al plazo de preaviso, con independencia de si trabajas o no. Los trabajadores excedentes que posteriormente son despedidos, tienen derecho a su salario en el plazo de despido.

 

DESEMPLEO

Si te quedas sin trabajo, tienes derecho a un subsidio por desempleo, siempre que hayas adquirido derecho a ello. Hay que inscribirse en el registro de buscadores de empleo para acceder a este derecho. Aetat te proporcionará información detallada al respecto.

 

« ¡TRABAJO NO DECLARADO!»

Algunos empresarios, poco serios, piden a sus trabajadores trabajar "en negro", es decir, sin pagar los impuestos correspondientes. No te dejes seducir por promesas tentadoras de un dinero extra. Si trabajas sin declararlo, no adquieres derechos a ayudas de la Seguridad Social en caso de enfermedad o desempleo. El trabajo negro es ilegal y lo pagarás caro si las autoridades tributarias descubren que has cobrado sin pagar los impuestos.

 

PAGA DE VACACIONES

Tienes derecho a la paga de vacaciones con independencia del tiempo que hayas trabajado. La paga debe ser equivalente al 12 por ciento de tu salario total, esto para los trabajadores afiliados a LO y que trabajan en una empresa con convenio colectivo.

 

Normalmente, las empresas que no están conveniadas pagan las vacaciones con una tasa del 10,2 por ciento. Tanto el salario ordinario como los complementos y las horas extraordinarias forman parte de la base del cómputo. La paga por vacaciones es adicional al salario, y está prohibido incluirla en éste. Al dejar de trabajar en una empresa, te deben pagar las vacaciones sin demora.

 

IGUALDAD ENTRE LOS SEXOS

La Ley de Igualdad entre los Sexos establece que los hombres y las mujeres devengarán el mismo salario por trabajos de igual valor. En la contratación, la promoción, y la excedencia temporal por causas ajenas a la empresa, no podrá aplicarse un tratamiento diferencial a los hombres y las mujeres.

 

CERTIFICADO DE TRABAJO

Tienes derecho a que te expidan un certificado de de trabajo por escrito. En el certificado se describirá la naturaleza de tu trabajo y cuánto tiempo trabajaste en la empresa. El certificado es un documento importante que debes guardar. Si en algún momento quieres buscar otro trabajo o pedir admisión en un centro educativo, tu certificado de trabajo es la prueba documental que acredita tu experiencia laboral. Con frecuencia, el certificado contiene, además, una valoración de la forma en que has desempeñado tu trabajo.

 

Son recomendaciones que pueden resultar muy importantes más adelante. Recuérdalo: Ni los empleadores futuros ni las autoridades educativas aceptarán otra documentación distinta de los certificados expedidos por escrito.

 

CUIDADOR/A DE NIÑOS

Si tu trabajo consiste en cuidar niños ajenos en tu propia casa, existen normas tributarias específicas, que son muy favorables. En la oficina local de la autoridad tributaria (likningskontoret) puedes obtener un folleto que te explica cómo funcionan y a quién son aplicables estas reglas.

 

Federaciones sindicales afiliadas a LO

 

LAS ORGANIZACIONES DE BASE

En los centros de trabajo donde hay afiliados de LO, hay personas que se encargan del trabajo sindical y de ser el vocero de los trabajadores de cara al empleador. Son los delegados sindicales de base, unos 40 000 en total. Todos los miembros de LO tienen derecho a elegir sus propios delegados sindicales y a ser candidatos en las elecciones. El movimiento sindical noruego tiene una estructura democrática, con elecciones libres a todo nivel y en todos los órganos. Todos los trabajadores organizados pertenecen a un grupo sindical, sindicato de base o sección sindical, que gestiona los intereses de los trabajadores a nivel local.

 

Un sindicato de base puede agrupar a todos los afiliados en un centro de trabajo (y a la vez constituir el grupo sindical del centro), o bien puede agrupar a varios centros de trabajo en una localidad. LO tiene un total de 2 000 sindicatos de base o secciones sindicales.

 

En unas 130 localidades de Noruega existen comités intersindicales regionales, órganos de coordinación y cooperación de los sindicatos de base del municipio o de la región, que a la vez son órganos auxiliares de LO en las comunidades. Los comités intersindicales regionales se ocupan de asuntos de interés común para los afiliados y trabajan en los niveles interprofesional e intersindical. El Congreso confederal aprueba los estatutos de los comités intersindicales regionales.

 

LOS CENTROS DE SERVICIO DE LO

Con el objeto de reforzar el papel de LO en las comunidades, en algunas provincias se han establecido centros de servicio, cuya función es ofrecer a los afiliados de LO un mejor servicio con independencia de la federación a que pertenecen. Los sindicatos de base y los comités intersindicales regionales cooperan estrechamente con los centros y se invita a las diferentes organizaciones y entidades del movimiento obrero a establecer sus oficinas en los mismos.

 

FEDERACIONES

La Confederación Nacional de Trabajadores de Noruega es una organización democrática cuyas piedras angulares son la elegibilidad de todos los cargos y la toma de decisiones por mayoría en todos los asuntos.

 

En bien de los intereses del movimiento en su conjunto, los acuerdos de mayoría y las decisiones tomadas sobre una base amplia obligan a todos.

 

FEDERACIONES INDUSTRIALES NACIONALES

Las federaciones industriales de LO son estructuras nacionales que aglutinan a los sindicatos de base o secciones de determinadas profesiones, de una rama industrial o de una entidad pública. Las 21 federaciones nacionales de LO varían en número de afiliados, desde menos de 1000 hasta más de 200 000. En años recientes, varias federaciones se han unido para ganar más peso político y ofrecer un mejor servicio a los afiliados. La estructura orgánica de LO está en constante evolución.

 

CONGRESO CONFEDERAL CADA CUATRO AÑOS

La máxima autoridad de LO es el Congreso, que se reúne cada cuatro años. El Congreso conoce la memoria anual y los estados financieros, y elige los cargos superiores de dirección de la Confederación. El Congreso confederal adopta asimismo el programa de acción y, en su caso, las enmiendas estatutarias. Es el órgano responsable de fijar el rumbo que debe seguir LO en el período intercongresos.

 

De los 315 delegados al Congreso, 260 son elegidos por las federaciones miembros; 40 son elegidos por las organizaciones provinciales del movimiento sindical; y los 15 restantes son miembros del Comité Ejecutivo de LO, elegidos por el Congreso precedente. La representación de las federaciones es proporcional a su número de afiliados, pero todas están representadas con al menos un delegado, al igual que las provincias del país.

 

AUTORIDAD ENTRE CONGRESOS

El Consejo General es la máxima autoridad de LO entre congresos. Las federaciones eligen sus propios delegados al Consejo en proporción a su número de afiliados. Las federaciones con menos de 5 000 miembros tienen derecho a un delegado. El Consejo se integra, además, con los miembros de pleno derecho del Comité Ejecutivo y un delegado de cada provincia. El Consejo sesiona como mínimo una vez al año para conocer los estados financieros y la memoria. Otra responsabilidad que le incumbe, es aprobar las directrices de la política convencional de LO.

 

SEGUIMIENTO SEMANAL

El Comité Ejecutivo dirige las actividades de LO y a sus reuniones ordinarias semanales asisten quince vocales y diez suplentes, así como el Presidente, los Vicepresidentes y el Secretario de Finanzas de LO, todos en calidad de miembro permanente y con plenos poderes. Los demás delegados son elegidos por el Congreso, preferentemente entre los presidentes de las federaciones. El Presidente de LO Estado participa en calidad de observador con derecho a voz y de proposición, derechos que les asisten asimismo a los suplentes y al representante del sindicato de personal de oficina de la Confederación.

 

Un siglo de avances y luchas

El movimiento obrero noruego surgió en la segunda mitad del siglo XIX. La revolución industrial había creado una nueva clase social, en Noruega al igual que en otros países.

 

El crecimiento de la clase obrera comportó grandes transformaciones sociales. Huyendo de la miseria del campo, la gente buscaba un mejor porvenir en las ciudades, donde las fábricas prometían trabajo e ingresos. La mayoría ganaba más de lo que sacaba como colonos y jornaleros agrícolas, pero muchos se hundieron en una miseria aún más profunda y despiadada. Hubo que librar muchas y duras batallas para asegurar el derecho a la sindicalización.

 

En la década de 1870 se fundaron los primeros sindicatos noruegos. Paulatinamente surgieron sindicatos y asociaciones entre muchas ocupaciones y profesiones en todo el país, los que se aglutinaron en las primeras federaciones industriales. Hacia finales del siglo llegó el momento de aunar fuerzas en una colectividad que rebasara las ocupaciones y profesiones.

 

La Confederación Nacional de Trabajadores de Noruega (LO) se constituyó el 1 de abril de 1899. Al año, los empleadores crearon su propia cámara, que hoy se denomina NHO por sus siglas en noruego (Confederation of Norwegian Enterprise en inglés).

 

GRANDES AVANCES Y NUEVOS DESAFIOS

El ascenso y afianzamiento de la clase obrera de los años 1920-1930 se produjo en medio de enconados conflictos laborales. Durante la ocupación alemana de Noruega en la Segunda Guerra Mundial, muchos sindicalistas ingresaron en la resistencia y la actividad ilegal. Después de la guerra, el movimiento obrero jugó un papel destacado en la construcción de lo que hoy es la sociedad noruega de bienestar social. Las grandes mayorías accedieron a la prosperidad y la seguridad. En unas pocas décadas, Noruega se convirtió en un país rico, con menos diferencias de clase y una distribución más equitativa de los bienes sociales que en la mayoría de los demás países del mundo. Pero aún nos queda mucho por hacer. En el umbral de un nuevo siglo, el movimiento sindical noruego enfrenta problemas no resueltos y desafíos completamente nuevos.

 

FEDERACIONES SINDICALES AFILIADAS A LO

 

Federación Unida (FF) (Fellesforbundet)
www.fellesforbundet.no

Unión Noruega de Técnicos y Cuadros (FLT) (Forbundet for Ledelse og Teknikk)
www.flt.no

Federación Noruega de Trabajadores Industriales (NAF) (Norsk Arbeidsmandsforbund)
www.arbeidsmandsforbundet.no

EL & IT (EL og IT Forbundet)
www.elogit.no

Federación Noruega de Profesionales del Trabajo Social (FO) (Fellesorganisasjonen)
www.fo.no

Federación Noruega Penitenciaria y de Regimenes de Semilibertad (NFF) (Norsk Fengsels- og Friomsorgsforbund)
www.fengselogfriomsorg.no


Federación Noruega de Empleados de Oficina y del Comercio (HK) (Handel og Kontor i Norge)
www.handelogkontor.no

Industria Energía (Industri Energi )
www.industrienergi.no

Federación Noruega de Trabajadores Ferroviarios (NJF) (Norsk Jernbaneforbund)
www.njf.no

Sindicato Unido de la Música (MF) (Musikernes Fellesorganisasjon)
www.musikerorg.no

Sindicato Unido de los Empleados Municipales, de la Salud y del Servicio Social (Fagforbundet)
www.fagforbundet.no

Federación Noruega de Maquinistas Ferroviarios (NLF) (Norsk Lokomotivmannsforbund)
www.lokmann.no

Federación Noruega de Trabajadores de la Industria Alimenticia (NNN) (Norsk Nærings- og Nytelsesmiddelarbeiderforbund)
www.nnn.no

Federación Noruega de Jefes y Oficiales Militares (NOF) (Norges Offisersforbund)
www.offisersforbundet.no

Federación Noruega de Correos y Comunicaciones (NPK) (Det norske Post og Kommunikasjonsforbund)
www.postkom.no

Federación Noruega de la Prensa Obrera (Arbeiderbevegelsens Presseforbund)
www.a-p-f.no

Federación Noruega de Marineros (SF) (Norsk Sjømannsforbund)
www.sjomannsforbundet.no

Federación Noruega de Empleados de la Educación (SL) (Skolenes landsforbund)
www.skoleneslandsforbund.no

Federación Noruega de Funcionarios Estatales (NTL) (Norsk Tjenestemannslag)
www.ntl.no


Federación Noruega de Trabajadores del Transporte (NTF) (Norsk Transportarbeiderforbund)
www.transportarbeider.no


Federación Nacional de Deportistas (NISO) (Norske Idrettsutøveres Sentralorganisasjon)
www.niso.no

 


 

 

Andre artikler om LO - a tu lado :



Publisert: 27.05.2008 Endret: 27.05.2011


Til toppen Tilbake til artikkellisten
 
Velg distrikt:


Kontakt:

Logo

Landsorganisasjonen i Norge
Youngsgate 11
0181 Oslo

 

Telefon: 03200
Telefaks: 23 06 17 43
E-post: lo@lo.no

© Landsorganisasjonn i Norge, Org nr. 971 074 337